Esta es la ley de los generales santanderistas colombianos. . . . |
EDITORIAL:
Análisis ANNCOL del Fuero Militar
EL Fuero Militar: Un cambio
constitucional leguleyo, hecho por unos leguleyos, para un país de santanderistas
y leguleyos.
Son muy pocas las observaciones “políticas” que se le han hecho a la
reciente Ley del Fuero Militar, aprobada caprichosamente contra toda lógica
jurídica moderna, por la nueva tenaza reaccionaria Santista-Ordoñista que se acaba de formar en la cúpula del Poder
dominante en Colombia.
En cambio sí han sido más abundantes las observaciones “técnico-jurídicas”
ese bodrio jurídico, hechas por muchas ONG, defensoras de los Derechos Humanos,
tanto nacionales como internacionales, de diversas personalidades y juristas democráticos,
que todavía quedan vivos en Colombia, de las constancias políticas de los pocos
parlamentarios de Izquierda quienes votaron en contra del adefesio santanderista aprobado y que se pueden
resumir, según el presidente de la Corporación Nuevo Arco Iris, en tres razones
distintas y una sola verdad: Impunidad para los militares colombianos.
“.. 1-La primera es que es una reforma constitucional que se ha hecho
en contra de los estándares mínimos del derecho internacional de los derechos
humanos y del DIH (Derecho Internacional Humanitario), en la medida en que
pretende trasladar a la justicia militar delitos que no tienen que ver con las
funciones propias de las fuerzas armadas.
2- La segunda crítica es el famoso comité de garantías paritario, el
verdadero veneno del proyecto, porque este resolverá a cuál jurisdicción van a
ir los casos que involucren a militares en servicio activo.
3- Y la tercera es que no incluye crímenes de guerra ni las graves
infracciones al DIH” [1].
Lo que va quedando claro es que ese bodrio ha generado más problemas
políticos y los generará aún más, en la medida que se trate de implementar.
EL PRIMERO asunto político, como sagazmente lo señaló el ex general Velasco es
que por seguir el precepto del general Santander: “cualquier cosa con tal de
que sea una Ley”; se elevaron a rango constitucional y quedaron grabados en la
Constitución Política de Colombia (CPC) siete delitos de guerra, convirtiendo esa
ley de leyes en una colcha de retazos única en el mundo.
SEGUNDO, derivado de esto, surge el problema que el Estado colombiano está
adelantando con las FARC-EP un proceso de paz para finalizar el conflicto
interno, en el cual como está pactado dentro la agenda firmada, en el punto 3 “Fin
del Conflicto”, aparte quinto, lo siguiente: -”El Gobierno Nacional revisará y hará las reformas y los ajustes
institucionales necesarios para hacer frente a los retos de la construcción de
la paz”. Lo cual significa que si por algún motivo se cambia esta ley,
necesariamente se deberá cambiar la Constitución Política de Colombia;
colocándose un artificio leguleyo, como dificultad adicional al proceso de paz
que se adelanta.
TERCERO, como lo han advertido juristas internacionales, la Corte Penal
Internacional (CPI) ha tomado nota de la inexistencia de una voluntad política
en la clase dominante en Colombia para juzgar y sancionar lo que ya ha fallado
como los casos sistemáticos de “Terror de Estado y crímenes de guerra”
imprescriptibles. Abriéndose así, de par en par, la puerta grande para que la
CPI intervenga en Colombia directamente, y generándose un escenario complejo y
difícil para adelantar dicho proceso de Paz.
CUARTO, por las declaraciones públicas de altos mandos militares sobre el
esperpento Santista Ordoñista aprobado;
unos a favor y otros en contra, se ha introducido una cuña dentro de las Fuerzas
Militares que solo favorece a quienes están por el saboteo del proceso de Paz y
la continuación de la guerra, para llenarse los bolsillos de dinero.
ANNCOL considera que el debate “técnico Jurídico” sobre el bodrio
regresivo del fuero militar aprobado es muy importante; pero hace un llamado a
debatir con tanta y talvez más profundidad y seriedad incluso en el largo
plazo, el “aspecto político” del Quasimodo
que se acaba de crear en el recinto sagrado de la democracia colombiana.